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  • Consulta : 114887
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 225397

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Bueno aquí lo que se debe de hacer es esperar a ver el expediente de expropiación, ya que los avisos preventivos, tienen un plazo de vigencia, y pasado ese plazo se puede pedir se cancelen y con ello dar paso a la inscripción de la escritura de compraventa, y si la administración decidiera continuar con la expropiación sería a Ustedes quienes les tendrían que pagar la cantidad de dinero, y además llevar el procedimiento de expropiación con UStedes, ya que de lo contrario, entonces si sería procedente un Juicio de Amparo.

    Ahora, si se lleva a cabo la expropiación, lo que deben de hacer es denunciar el intestado de la señora, y que se nombre un albacea, a efecto de que demanden a la sucesioon por la EVICCIÓN que sufrieron respecto del terreno por parte de la administración, y con ello recuperar la cantidad pagada por el terreno. Para efecto del Juicio de evicción deberán aportar la sentencia ejecutoriada del juicio de otorgamiento de escritura, a efecto de acreditar la legítima propiedad del bien, y constatar la fecha de adquisición, que fue posterior al avido preventivo, por parte del procedimiento de expropiacion.