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  • Consulta : 114509
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 225098

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tu no quieres que se venda o quieres que se te entregue el 50% del valor... debes hacer un incidente de reconocimiento de propiedad dentro del regimen matrimonial de sociedad conyugal e inscribirlo como gravamen de ese inmueble en el registroi pùblico.... para que al momento de hacer la escritura se te llame a firmar y asì te puedas oponer o pedir tu parte....

    si te afecta o no... es cosa que a nosotros no nos importa....  es parte de la sociedad conyugal....

    tu abogado...sabe que hacer....