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Fecha de respuesta: Sábado 28 de Mayo de 2011 19:58 2011-05-28 19:58 desde IP: 187.194.50.15
si tu no quieres que se venda o quieres que se te entregue el 50% del valor... debes hacer un incidente de reconocimiento de propiedad dentro del regimen matrimonial de sociedad conyugal e inscribirlo como gravamen de ese inmueble en el registroi pùblico.... para que al momento de hacer la escritura se te llame a firmar y asì te puedas oponer o pedir tu parte....
si te afecta o no... es cosa que a nosotros no nos importa.... es parte de la sociedad conyugal....
tu abogado...sabe que hacer....
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