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  • Consulta : 114342
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 226171

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Sin ser un docto en la materia de amparo, estimo que NO PUEDE objetarla en revisiòn. Como su nombre lo dice, la revision consistira unica y exclusivamente en que se analise que el actuar del Juez de Distrito estuvo apegado a derecho y no se dejo de atender ningun concepto de violacion. No se trata de un juicio nuevo.

    Es como en primera instancia no se objeta la prueba y  se le da validez a la misma y gracias a ella pierde usred el juicio..... si se va a la apelacion no podra ahi objetarla pues se le dira que tuvo su momento para hacerlo y el magistrado solo analizarà que se haya resuelto de manera adecuada ajustado a derecho y sin dejar de valorar pruebas.

    Regresando, aqui sera lo mismo a reserva que un experto en amparo me corrija. Tuvo su oportyunidad de hacerlo y en revision solo se analizaran presuntas violaciones o inobservancias del juez de distrito pero nada mas. saludos cordiales