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  • Consulta : 114084
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 224563

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Bueno, si el vehículo no se encuentra con una limitación de dominio, a virtud de una cláusula de reserva de dominio, el vehículo es tuyo, y por tanto aún cuando no lo hayas terminado de pagar, puedes venderlo y con ello pagar tu deuda, a quien tu quieras, o hacer caso omiso de lo que te dicen y tratar de conseguir el dinero, y si te llegaran a embargar puedes dar el auto en garantía de tu crédito.

    O llegar a un acuerdo con la empresa, y hacer que te reciba el vehículo como pago de tu deuda, y ya que ellos lo venda y lo que saquen más o menos que lo que tú debes quede a ganancia o pérdida de ellos.