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AutorRespuesta No: 224563
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Fecha de respuesta: Miércoles 25 de Mayo de 2011 12:38 2011-05-25 12:38 desde IP: 187.144.76.124
Bueno, si el vehículo no se encuentra con una limitación de dominio, a virtud de una cláusula de reserva de dominio, el vehículo es tuyo, y por tanto aún cuando no lo hayas terminado de pagar, puedes venderlo y con ello pagar tu deuda, a quien tu quieras, o hacer caso omiso de lo que te dicen y tratar de conseguir el dinero, y si te llegaran a embargar puedes dar el auto en garantía de tu crédito.
O llegar a un acuerdo con la empresa, y hacer que te reciba el vehículo como pago de tu deuda, y ya que ellos lo venda y lo que saquen más o menos que lo que tú debes quede a ganancia o pérdida de ellos.
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