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  • Consulta : 113889
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 225951

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes, con lo que me comenta, se tienen muchos elementos para dejar sin efectos el PAMA, sí si procede primeramente su contestación y ya cuando le notifiquen la resolución (la aduana tiene un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir del onceavo día en que se vence el término para ofrecer pruebas y alegatos contra del Acta de Inicio del PAMA) y esta sea desfavorable, puede interponer un Recurso de REvocación o un Juicio de Nulidad.

    Saludos.