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AutorRespuesta No: 225951
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Fecha de respuesta: Viernes 03 de Junio de 2011 18:56 2011-06-03 18:56 desde IP: 187.159.18.5
Buenas tardes, con lo que me comenta, se tienen muchos elementos para dejar sin efectos el PAMA, sí si procede primeramente su contestación y ya cuando le notifiquen la resolución (la aduana tiene un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir del onceavo día en que se vence el término para ofrecer pruebas y alegatos contra del Acta de Inicio del PAMA) y esta sea desfavorable, puede interponer un Recurso de REvocación o un Juicio de Nulidad.
Saludos.
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