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AutorRespuesta No: 224264
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Fecha de respuesta: Domingo 22 de Mayo de 2011 22:44 2011-05-22 22:44 desde IP: 189.216.75.126
No puede existir abandono de domicilio conyugal en un concubinato, y menos si se vive en calidad de arrimados en casa de familiaraes. Puede demandar los alimentos para el menor registrado por el padre pero para la menor no registrada debe demandar la patermidad. en cuanto a los inmuebles si cuenta con factura de los mismos puede sacarlos.
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