Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 113601
  • Autor : RAHR
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 137
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 44 %
  • : 55 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 224120

  • RAHR
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada marloredo74, un placer saludarte:

     

    Desdemi muy particular punto de vista, el hecho de que los testamentos sean publicos abiertos, nada tienen que ver con los bienes presentes o futros que se puedan incluir en dicho testamento, eso sería materia de del clausulado de dicho testamento.

    El Código Civil establce los requisitos que dee reunir cada tipo de testamento, por lo tanto el que los suyos sean públicos abiertos, obedece unica y exclusivamente a las formalidades que debe cubrir el acto de otorgar testmento.

    ARTÍCULO 1584.- Testamento público abierto es el que se otorga ante Notario y tres testigos idóneos.

    ARTÍCULO 1585.- El testador expresará de un modo claro y terminante su voluntad al Notario y a los testigos. El Notario redactará por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador, y las leerá en voz alta para que éste manifieste si está conforme. Si lo estuviere, firmarán todos el instrumento, asentándose el lugar, año, mes, día y hora en que hubiere sido otorgado.

    Así se puede observar en que consiste que su testamento sea PUBLICO ABIERTO.

     

    Sería menester poder revisar el clausulado de dicho testamento, para establecer si en alguna de las clausulas se establece alguna disposicion sobre bienes futuros.

    Me ponga a sus órdenes para cualquier duda, comentario aaclaración al respecto, en mi oficina virtual de este mismo sitio. De igual modo si la respuesta te pareció util, marcalo así.

     

    Saludos............................RAHR