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  • Consulta : 113510
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
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    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Angybell:

    Mire, dejando a un lado la parte moral y viendo su asunto desde la parte jurídica, esta persona esta obligada a mantener a su hijo hasta que cumpla los 18 años, y si fuera el caso, hasta que termine un carrera si su edad se encuentra acorde a la misma, de tal suerte que lo que debe hacer es promover un juicio de reconocimiento de paternidad (SI ES QUE ESTA PERSONA NO LO RECONOCIÓ COMO SU HIJO), para que en este sentido se le otorgue la pensión alimenticia en las condiciones ya antes descritas.

    No omito el señalar, que estos incumplimientos tienen características tanto civiles, así como penales, por lo que si no cuenta con recursos para contratar a un abogado particular, acuda a la defensoría de oficio de su localidad, para que le asignen a uno y le lleve su asunto sin costo.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE