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  • Consulta : 113442
  • Autor : ehrodriguez
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  • Autor
    Respuesta No: 223902

  • ehrodriguez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Mira acude con un abogado, si como dices no puede acreditar la relación contractual y mucho menos la propiedad de los bienes, tu por que crees que se determino el No Ejercicio de la Acción Penal la primera vez, por falta de elementos, que si es verdad que la señora debió ser notificada de tal resolución, no significa que no vaya a darse esa Determinación una vez más, te recomiendo que acudas con un abogado, simplemente para que revisen la AP detalladamente y verás que solucionarás tu situación