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Fecha de respuesta: Lunes 16 de Mayo de 2011 10:54 2011-05-16 10:54 desde IP: 189.152.41.91
Desbes rescindirle su contrato de trabajo sin responsabilidad patronal, si de las diligencias del percance vial se des´prende el estado de embriaguez, segun art. 47 fraccs. I , V, VI y ultimos dos parrafos de dicho articulo de la ley federal del trabajo.
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