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  • Consulta : 112614
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 223205

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no... no puedes cobrarlas...

    pero puedes iniciar tu acción  laboral para el cobro de las mismas....con vista a la secretaria de hacienda... tu abogado...sabe que hacer..