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  • Consulta : 112397
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mí estimado (a) consultante BBONAMI

    Mire, aquí lo importante en primer lugar es que, solicite ante el IMSS un Certificado de Conservación de Derechos, mismo que no tiene ningún costo y se lo dan rápidamente, lo anterior en virtud de saber los antecedentes reales con los que cuenta su papa ante esta Institución.

    Ahora bien, en su caso si cumple con la normatividad aplicable conforme a la Ley del IMSS de 1973 a la que tiene derecho, si tiene las 500 semanas como mínimo cotizadas que es lo que nos establece la citada legislación para poder pensionarse, existen un par de opciones por la edad de 65 años con los que cuenta para lograr acceder a una pensión:

    La primera de ellas es mediante cotizar ante un patrón 52 semanas para reactivar sus derechos y poder pensionarse (Lo que por las estadísticas que son muy conocidas, resulta casi en una misión imposible de poder solventar)

    La segunda es darse de alta en hacienda y el IMSS como trabajador independiente, para así poder cotizar las 52 semanas que requiere para pensionarse, en el entendido, de que, este registro tiene que ser solo en base a un salario mínimo.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE