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  • Consulta : 112352
  • Autor : tuasesorlegal.mty
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  • Autor
    Respuesta No: 222920

  • tuasesorlegal.mty
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El error de su hermano es de indole LABORAL, no puede generar intereses ese adeudo y debe pagarse en parcialidades a cantidades NO mayores al 30% de su salario cada parcialidad

    ART. 110  Fr    I      Ley Federal del trabajo... Salu2