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  • Consulta : 112139
  • Autor : Ariel Raul
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  • Autor
    Respuesta No: 356324

  • Ariel Raul
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Debemos recordar que si usted trabaja el día de descanso que es domingo como lo menciona, entonces tiene derecho a una prima dominical, el cual corresponde al 25% de los 6 días trabajador, teniendo como resultado un pago adicional de 1.5 de días de trabajo, ahora bien, si usted trabaja un día que es festivo no hablemos del 1o de mayo por que fué jueves, pero otro festivo se le paga el día más el 200 %, las horas extras solo se aplican como lo indica la prestación que usted se quede después de su horario de trabajo de las 8 horas, la hora 9 sera extra y se pagara doble hasta 9 en tres días, si trabaja 10 en la semana la decima será triple.

    Saludos

    Lic. Ariel Reyes