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AutorRespuesta No: 222583
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Fecha de respuesta: Domingo 08 de Mayo de 2011 19:45 2011-05-08 19:45 desde IP: 189.208.200.29
una disculpa por haber enviado la respuesta antes de concluir.
Le decía que si las condiciones en que vive su hija le incomodan, está en sus propias manos resolverlas, cumpliendo con su obligación, aún cuando legalmente, usted no pueda contar con la guarda y custodia de la niña, pues expresamente la ley prevé que la tenga la madre; por el contrario, si usted, a pesar de contar con los medios económicos suficientes para satisfacer esas necesidades de la menor, no cumple con esa obligación, entonces la madre, además de demandarle el pago y aseguramiento de una pensión alimenticia, también podrá solicitar se le condene a usted a perder la patria potestad, habida cuenta que ha tenido a su hija en el abandono, al no cumplir con su obligación de darle alimentos,conducta que pude comprometer su vida, su salud y su integridad física, emocional, psicológica y moral.
Por tanto, es preferible que que le proporcione a su hija los medios económicos que le permitan vivir en las comndiciones que usted desea, en lugar de ser ingrato y desagradecido para quienes, con sus propiaslimitaciones y sin tener la obligación que a usted le corresponde, le han dado a la niña lo que. de acuerdo a sus posibilidades, ha necesitado para vivir, pobremente, pero con dignidad.
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