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  • Consulta : 111954
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 222534

  • Sergio Orea
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que puede demandar directamente ya que me imagino que ellos contemplan que el plazo para haber pagado ya feneció por lo que si no pagaron entonces si puede demandar sin necesidad de requerir previamente.