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  • Consulta : 111897
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 222395

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Están prohibidas las cláusulas que limiten la propiedad, de la misma manera en que en un testamentos son ilegales las condiciones de no hacer. Lo único que está permitido es establecer una cláusula de no vender a persona determinada o interpósita persona que la represente, pero lo que platea sí está prohibida por Ley.