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  • Consulta : 111807
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 222862

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    entonces sra. manos a la obra ya q tiene acceso al internet busque el domiocilio de la defensoria de oficio de su localidad y lleve con ud. el acta de nacimiento de su bb e inicie los tramites de pension alimenticia puede hacerlo por las dos vias simultaneamente o iniciar la via civil primero y despues la penal ud. tiene el sarten por el mando solo tiene q decidirse a obligar al sr. a hacerse responsable y q cumpla con sus obligaciones