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  • Consulta : 111632
  • Autor : garovalo
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  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    por cierto... la multa no es para ti...no se te entrega... no la recibes... no te beneficias...

    tu abogado lo que debe presentar es un escrito solicitando se gire oficio al municipio... ya que por regla del artìculo 115 de la constituciòn federal ... esas multas  son para el patrimonio municipal... ellos las cobran... o simplemente  ... se engrosan al sistema... y cuiando vaya a hacer pagos fiscales  del vehiculo o de casa... o por venta... apardecera.. y no se podran concretar hasta que no pague esa deuda fiscal....mas rcargos por el incumplimiento.......