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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Mayo de 2011 21:54 2011-05-04 21:54 desde IP: 187.194.14.127
por cierto... la multa no es para ti...no se te entrega... no la recibes... no te beneficias...
tu abogado lo que debe presentar es un escrito solicitando se gire oficio al municipio... ya que por regla del artìculo 115 de la constituciòn federal ... esas multas son para el patrimonio municipal... ellos las cobran... o simplemente ... se engrosan al sistema... y cuiando vaya a hacer pagos fiscales del vehiculo o de casa... o por venta... apardecera.. y no se podran concretar hasta que no pague esa deuda fiscal....mas rcargos por el incumplimiento.......
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