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  • Consulta : 111559
  • Autor : LIC.DANYMON
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  • Autor
    Respuesta No: 233340

  • LIC.DANYMON
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

         Amiga, el adulterio no esta tipificado como delito penal, en las entidades federativas (estados), habría que checar el codigo civil de Campeche, pero sin duda, solo es una causal de divorcio, el cual al ser comprobada, el unico fin es la terminacion del vinculo matrimonial por esa causal, si tuviste  o tuvieron otra relacion extramarital y tu conceviste un hijo, con la otra persona, aquí solo procede la disolucion de ese vinculo, sin ninguna obligación de el para ti, no entiendo como es que quieres una pensión, a costa de que, lo recomendable es que cada quien rehaga su vida, y el papá del hijo procreado fuera del matrimonio, se haga cargo del menor,  ya que legalmente y biológicamente, es el papá de tu hijo........lo unico que conseguira tu esposo legal, es la disolucion del matrimonio, quieras o no!......saludos!