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  • Consulta : 111559
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 233339

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    1...claro que puedes  dar de alta a tu hija con los apellidos de tu esposo... pero si hace prueba de adn.... te puede iniciar acciòn penal por fraude y meterte al bote...

    2...si tu lo denuncias... no hay nada... ya que  esos actos deben hacerse dentro del primer año del acto... y ya pasaron 7 años...

    3...no tienes derecho a pedir pensiòn... pero eso no implica que  no puedas demandar... pero si  pierdes ...hasta  el bote puedes dar por fraude procesal...