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Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Agosto de 2011 11:44 2011-08-31 11:44 desde IP: 189.167.179.229
Estimado Sr., la obligacion de dar alimentos es "recíproca", no se puede dejar la "carga" de alimentos solo a un solo conyuge, sino equilibrar el "gasto" de ese concepto NO negociable ni renunciable. Lo que si se puede hacer es revisar su estatus economico y el de ella y procurar se establezca una pensión alimenticia acorde a las circunstancias economicas y de desarrollo de la menor, cualquier duda estamos a sus ordenes.
*aclaro, una pension alimenticia puede incrementarse o disminuirse con el tiempo, que no le intimiden diciendole que esa pensión es "petrea" osea de por vida, es falso*
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