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  • Consulta : 111529
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 221916

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En el Reglamento de Construcciones del Estado de México, efectivamente está permitido que un vecino levante un muro que tape la ventana que da a su patio o jardin si no hay un espacio, es decir que la ventana esté precisamente al mismo nivel del muro colindante del vecino. Pero esto es en caso de predios independientes. Siendo el caso que es una propiedad en condominio (casa duplex) es obvio que se deben respetar las colindancias de las escrituras. Por lo tanto su vecino no puede alterar la estructura original ya que su ventana está dando a áreas comunes por el régimen de propiedad en condominio, además su vecino no puede construir ni alterar la estructura original ya que tiene extrictamente prohibido levantar muros o pisos nuevos. Lo que tiene que hacer es acudir a la Procuraduría Social del Estado de México a denunciar a su vecino por las bardas que está levantando. paralelemante demande por la vía civil la obra nueva y por la vía administrativa ante la Dirección de Desarollo Urbano del Municipio la suspensión de las obras que está realizando su vecino. Tiene todo que ganar y nada que perder.