- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 111434
- Autor : futuroabogado
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 87
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6895
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 221838
-
Fecha de respuesta: Martes 03 de Mayo de 2011 12:55 2011-05-03 12:55 desde IP: 189.217.149.131
Hola buenos dias.
No se preocupen tramiten el desconocimiento de paternidad y listo, como consecuencia de esto la obligación desaparece.
por supuesto que se puede, nada más que para decirte como se hace, fundamento legal y demás detallitos, dejame tu mail y te los comento por ese medio, ya que el dia de hoy si me da flojera comentarlos, que se ponga a estudiar quien no sepa como se hace.
y disculpa lo respetuoso de mi comentario, pero a las personas no se les puede atacar por los errores que comentan ni andarles diciendo que es por tal o cual cosa, SIMPLEMENTE SE LES AYUDA y ya!.
-
Autor





