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AutorRespuesta No: 221640
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Fecha de respuesta: Domingo 01 de Mayo de 2011 13:42 2011-05-01 13:42 desde IP: 187.194.68.163
una vez que se ha dictado la sentencia de divorcio... si no hubo convenio respecto de bienes en liquidación o de pago y aseguramiento de pensión... no hay ya nada... ni tu le puedes pedir pensión ...ni el a ti....ese barco ya partio... ya dejaron de tener la relación juridica que obliga a las partes a concesiones reciprocas...
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