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  • Consulta : 111188
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 221603

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    a mi me da coraje....(?)

    inicia la acciòn penal por el incumplimiento del pago de pensiòn...metelo a la carcel... con la copia certificada de la acciòn penal... inciia juicio de alimentos... pago y aseguramiento....guarda y custodia de menoir para ti... perdida de patria potestad.... y yo qye tu... escondia los recibos esos....ya que si puedes pagar estos... no requieres de pensiòn y asì se te va a condenar....no a los gastos que hacer... sino a los que puede pagar el amor de tu vida y con el que engendraste esa criatura...