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AutorRespuesta No: 221593
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Fecha de respuesta: Sábado 30 de Abril de 2011 23:42 2011-04-30 23:42 desde IP: 187.139.152.45
Las pensiones alimenticias no se pueden proporcionar de manera retroactiva, sin una sentencia previa de un juez de lo familiar o juez de lo civil, asi que los gastos que ya se hicieron, no pueden ser cobrables.
Lo recomendable es que ahorita tramites la pension, para que se haga responsable de su hijo.
Tambien no tiene derecho de convivencia con el niño, si no da la pension alimenticia.
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