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AutorRespuesta No: 222034
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Fecha de respuesta: Miércoles 04 de Mayo de 2011 19:26 2011-05-04 19:26 desde IP: 189.234.88.189
OK. Haber, las cosas NO FUNCIONAN asi.
Usted no puede de manera unilateral modificar o crear un contrato. Un contrato es el acuerdo de las partes; usted debe platicarlo con los arrendatarios y si de hay se desprende un acuerdo signar un nuevo contrato a partir del fenecimiento del anterior o una novacion del anterior; de no llegar a un acuerdo usted debe mediante notificacion legal solicitarles la entrega del inmueble.
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