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AutorRespuesta No: 221274
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Abril de 2011 08:43 2011-04-28 08:43 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Lo que debe hacer, es contratar inmediatamente a un abogado especialista en derecho mercantil, a fin de que conteste la demanda dentro del término de ocho días que le fue concedido, ya que de no hacerlo así, entonces se le tendrá por contestándola en sentido afirmativo y se seguirá el juicio en su rebeldía,lo que conducirá a una sentencia de remate.
Es importante señalar que, si en la copia fotostática del documento base de la accióin, no se estipula ningún interés moratorio, y no obstante ello, el actor reclama el pago del diez por ciento mensual de intereses moratorios, ya tiene una excepción y/o defensa que hacer valer respecto de dicha prestación, ya que, en todo caso, si no se estipularon esos intereses, solamente podrán condenarlo a pagar el seis por ciento anual, y no el diez por ciento mensual.
Asimismo, el abogado que contrate, deberá verificar si el original del pagaré, está o no alterado, a fin de que, igualmente, haga valer las excepciones y defensas correspondientes.
En cuanto a si usted puede denunciar un fraude, debo decirle que no, pues no existe ningún engaño por parte del actor, ya que al haber entrado el pagaré en circulación, no puede acusarlo a él de haberlo engañado a usted cuando hizo entrega de la factura endosada del vehículo.
Por lo que hacer al embargo de bienes propiedad de sus padres, no podría decirle si exixte o no la posibilidad de que el actor solicite al Juez le autorice el uso de la fuerza pública, a fin de introducirse al domicilio, para que él pueda señalar más bienes, pues desconozco la redacción del acta levantada por el actuario que practicó la diligencia; sin embargo, su abogado podrá orientarlo más adecuadamente y, de ser necesario, tomar las medidas legales necesarias para evitar que se dicte algún acto de molestia en contra de sus familiares.
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