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AutorRespuesta No: 221275
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Abril de 2011 08:53 2011-04-28 08:53 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
En primer lugar, la Ley Federal del Trabajo no señala que al darse por terminada la relación laboral, el trabajador tenga derecho al pago de veinte días por año de servicios; esta prestación solamente rige en los casos en que es despedido injustificadamente, y en lugar de demandar el pago de la indemnización, reclama su reinstalación en el empleo, y elpatrónk se niega a dar cumplimiento al laudo que lo condena a hacerlo.
En el caso de su papá, se considera como una terminación voluntaria de la relación laboral, toda vez que es él el interesado en que se le otorgue la pensión que pretende obtener del Seguro Social; por tanto, tendrá derecho a que le paguen solamente las vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y otras prestaciones extralegales que tuviera, así como la prima de antigüedad, que consiste en doce días por cada año de servicios prestados, o parte proporcional, la que se paga con un salario máximo equivalente a dos veces el salario mínimo del área geográfica en que se ubique el centro de trabajo, en caso que su salario sea superior a esa cantidad.
Ahora bien, dado que para que pueda iniciar los trámites de su pensión, requiere que el patrón lo haya dado de baja en el régimen obligatorio del seguro social, entonces deberá presentar al patrón su renuncia voluntaria, a efecto que le paguen el finiquito a que tiene derecho, y lo den de baja en el Seguro Social.
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