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  • Consulta : 110837
  • Autor : Valencia1979
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  • Autor
    Respuesta No: 221257

  • Valencia1979
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Dios mio... si que hace daño la Tv.

    "Legalmente la perdida de tiempo si es aplicable y demandable (sic)"

    En la realidad debio haber una propuesta matrimonial POR ESCRITO en el cual se comprometian a contraer nupcias, en la dichosa demanda por perdida de tiempo, unicamente se paga lo que la parte afectada hubiera comprado en pro del futuro matrimonio y nada más.