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  • Consulta : 110822
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 221242

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En realidad a Usted primero lo embargan y después lo emplazan. En todo juicio ejecutivo ordena el Juez el exequendo, lo que significa que a Usted primero le requieren del pago, si no lo hace entonces procede el embargo, una vez que se ejecuta el formal embargo, inmediatamente después lo emplazan entregándole copia de la demanda para que se presente al juzgado a pagar u oponer excepciones en el término de nueve días.