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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Octubre de 2011 13:07 2011-10-14 13:07 desde IP: 201.124.56.150
En mi opinión, lo que sobra no hace daño...
Si bien es cierto que los alegatos, los presentes o no, no van a modificar lo que ya se desahogó o se probó, pueden ser una referencia para el proyectista que elabore la sentencia.
Si tus alegatos, van completos, directos y debidamente fundados, puede que los fundamentos que viertas (como pueden ser jurisprudencias y criterios importantes) le sirvan al proyectista para dictar una sentencia a tu favor.
Así que yo soy de la opinión de que cualquier oportunidad que tengas para robustecer tus argumentos, la debes utilizar.
Si no los presentas, no va a pasar nada, pero creo que estás dejando de agotar todo lo que puedas usar en favor de tu cliente.
Saludos.
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