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AutorRespuesta No: 221072
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Fecha de respuesta: Martes 26 de Abril de 2011 12:14 2011-04-26 12:14 desde IP: 189.136.184.135
Si en durante los 10 años que ha durado el arrendamiento usted ha estado al corriente con el pago de las rentas, tiene el derecho del tanto o de preferencia en el caso en que el arrendador desee vender o rentar el inmueble, siempre y cuándo usted haga la misma oferta que un tercero.
Ahora, si el arrendador le solicita el inmueble ¿ tiene contrato de arrendamiento ? ¿ cuándo se vence ?
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