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  • Consulta : 110323
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 220733

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La obligación de cambiar el nombre del propietario al momento de la venta de un vehículo automotor, es tanto del comprador como del vendedor. Yo le recomiendo que aunque gaste un poco más, realice Usted el cambio de propietario, lo puede hacer incluso vía electrónica (cuando menos el el D.F. y EdoMex) sólo necesita el RFC del comprador. Se lo digo porque mientra no realice esa modificación Usted sigue siendo responsable del vehículo incluyendo los impuestos, en cosecuencia no es difícil que le llegue un requerimiento de pago de las tenencias adeudadas, sin considerar los posibles delitos en que se involucre al propietario por el uso del vehículo (choque, lesiones, asaltos, homicidio) Aunque gaste lo que considera no le corresponde, le puede salir mucho más caro el no hacerlo.