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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Abril de 2011 12:41 2011-04-24 12:41 desde IP: 201.167.55.254
pues aki la cuestion es ase cuanto k ya amerita las vacaciones por k el patron tiene seis meses a partir del dia siguiente cumplido cada año de servicios y usted tiene un año mas para exigirlas despues de los seis meses que su patron no se las dio y si es obligatorio que el patron les de sus vacaciones ya que es un derecho irrenunciable y si le dicen k van incluidas en la semana no es cierto ya que usted tiene un horario especial dada la naturaleza del trabajo cumple con las 48 horas de trabajo a la semana y que ambos pactaron y si no les da los dias de vacaciones puede pedir la resicion del contrato por causas imables al patron y x lo cual debe contratar un abogado especialista en el area laboral
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