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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Abril de 2011 16:35 2011-04-23 16:35 desde IP: 189.230.126.85
Hola, lo que le sugiero es que para empezar contratar a un abogado penalista que para empezar ante la flagrante violación de garantías interponga un amparo ya que de acorde al articulo 16 constitucional; que a su letra dice;
Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
por ende usted ha sido víctima de un abuso flagrante de la autoridad....
haga un inventario de lo que a usted le pertenece de la mercancía que es suya, desconozca la mercancía pirata que tenia en su almacén o tienda...
pero muevase....
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