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  • Consulta : 110303
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 220721

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    Si, usted tienen derecho a la participación en las utilidades que la empresa obtuvo en el ejercicio fiscal 2009, y que debió pagar, a más tardar, en el mes de mayo de 2010.

    Debe acudir al centro de trabajo a solicitar su pago, y si se lo niegan, entonces debe demandar a la empresa por elpago de dicha prestación, pero la demanda debe presentarla antes del último de mayo de 2011,porque si lo hace después, su derecho prescribe-