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AutorRespuesta No: 220721
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Fecha de respuesta: Sábado 23 de Abril de 2011 16:27 2011-04-23 16:27 desde IP: 189.208.200.29
En respuesta a su consulta, le informo.
Si, usted tienen derecho a la participación en las utilidades que la empresa obtuvo en el ejercicio fiscal 2009, y que debió pagar, a más tardar, en el mes de mayo de 2010.
Debe acudir al centro de trabajo a solicitar su pago, y si se lo niegan, entonces debe demandar a la empresa por elpago de dicha prestación, pero la demanda debe presentarla antes del último de mayo de 2011,porque si lo hace después, su derecho prescribe-
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