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Fecha de respuesta: Domingo 24 de Abril de 2011 20:40 2011-04-24 20:40 desde IP: 189.163.82.177
VAYA VAYA. Dice el dicho que cae mas rapido un hablador que un cojo. Me refiero al comentario de la persona que antecede, esto es abogaditojose. Bueno abogadito de dicho porque no ha probado tener cedula profesional para el ejecicio de la profesiòn al menos no aqui en el foro y se firma como estudiante desconociendo las causas. Quiero imaginar que sean causas ajenas y no propiamente la falta de cedula profesional. Fiel a la tradición... este servidor nombra como colegas o abogados a quienes han acreditado a traves de esta web ser abogados en derecho. Los que no.... aunque quiza lo sean o quiza no... pues queda solo autonombrarse como abogados y por lo tanto simplemente me referiré al señor que antecede asi justamente SEÑOR.
Señor abogaditojose... creo ha olvidado muy rapido sus palabras. Hace menos de 15 días, usted criticaba que un abogado que se firmó como civilista, diera una orientación a un usuario sobre los recursos que tiene para cuando el ministerio publico decide el no ejercicio de la acción penal. En esa ocasión, se le indico a la usuario que lo procedente era un recurso INOMINADO. Usted señalo palabras mas palabras menos "Que el color de la toga y birrete habla de la materia a la que se dedican... y remata diciendo.. que opinen los que conocen DERECHO PENAL" por si ya lo olvido le dejo el numero de la respuesta que dio que es la 219615
Usted opinaba en esa pregunta asegurando haber formado parte de la procuraduria del DF (Visitaduria si mal no recuerdo) y se autonombraba como penalista. Opinaba y daba su punto de vista ERRADO POR CIERTO de como en el Estado de guanajuato la consultante podia recurrir ese no ejercicio de la acción penal. Se le demostró su error y que pese a autonombrarse penalista y que opinaran solamente los que conocian derecho penal, usted opinaba ahi SIN CONOCER PENAL al menos no el derecho penal en Guanajuato pero usted juraba y perjuraba que lo dicho por este servidor del recurso inominado era un error por firmarme como civilista.
Le comente que tenia la experiencia TEORICA de años de estudio de posgrado precisamente en el penal, y otros colegas remataron confirmando con tesis jurisprudenciales sobre el recurso aludido por este servidor. Abogadito jose simplemente hizo la graciosa huida y no respondio mas.
Hoy me llama la atención en consecuencia. Yo nunca me he opuesto a que las personas respondan las preguntas sean estudiantes, abogados de todas las ramas, o espectadores.... pero parafraceandolo a usted... ya que usted piensa que UNICAMENTE pueden responder preguntas de derecho penal quienes tienen toga y birrete verde..... luego entonces a contrario sensu, quienes tienen toga y birrete amarillo UNICAMENTE deben contestar a su juicio las respuestas a preguntas civiles... es correcto? Y si usted se auto nombro penalista .... QUE HACE EN CONSECUENCIA RESPONDIENDO PREGUNTAS CIVILES?
Insisto, no porque no pueda o yo no quiera que las haga... simplemente para ser coherentes con sus propios argumentos de que que hacia un abogado civilista respondiendo una pregunta de penal.... que hace entonces un autonombrado penalista respondiendo una pregunta de civil?
No es claro... NO HAY COHERENCIA en sus palabras. Podría explicar al foro su actuar? Saludos
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