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  • Consulta : 110181
  • Autor : GERARDO GUERRERO
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  • Autor
    Respuesta No: 220454

  • GERARDO GUERRERO
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No ha cometido ningún delito ni lo está cometiendo con la posesión del bien. No existe el despojo, pues a Usted le dieron la posesión del bien y está sujeta a un Contrato de arrendamiento.

    Lo aconsejable es que siga en posesión del bien. Que deposite las rentas en el juzgado civil correspondiente.

    Cierto, eventualmente le podrán rescinidr o dejar sin efecto su contrato y se debrá salir de la casa o inmueble o la deslojaran o sacarán con uso de la fuerza pública (policía) , pero será hasta que dicten una sentencia en tal sentido.

    Gracias.