Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 110096
  • Autor : abogado leon
  • Consultas en Foro: 5
  • Respuestas en Foro: 232
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 220304

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    jorge; Recibe cordilaes saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Por Ley le CORRESPONDEN 16 días máas el 25% de Prima Vacacional, y estas el patron se las puede otorgar SEIS MESES despues de haber cumplido el año laborado, cumplidos esos SEIS meses usted podrá exigir se las otorguen.

    Ahora bien, si en años anteriores no le dieron COMPLETAS sus vacaciones, puede hablar con Recursos Humanos, si se las dan, pues ya la hizo y si no pues no modo, ya que las acciones prescriben al año, así es la Ley, por esto SIEMPRE que le toquen vacaciones EXIJALAS, porque si no se perderán. Ok? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !