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Fecha de respuesta: Miércoles 20 de Abril de 2011 10:40 2011-04-20 10:40 desde IP: 189.233.77.244
Estimado consultante. Existen varias acciones a tu favor por la situación descrita, entre ellas es que no has perdido la patria potestad, que te da derecho sobre vigilancia y cuidado de tu hija menor. Por otro lado, si tu tienes forma de demostrar que siempre han estado a disposición la parte correspondiente de la pensión alimenticia, que solamente a la madre se le puede atribuir el no cobro. Entonces, se le pueden fincar responsabilidades a ella. Hasta que un juez te decrete una orden de restrincción para ver a tu hija, nadie puede impedir que tu puedas verla. -Que según entiendo no ha sido así- Para mayor y mejor asesoría, estoy a tus ordenes. Entra a mi "oficina virtual" en este portal para concertar una cita, si es que radicas en el DF.
Saludos.
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