- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 109754
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 219949
-
Fecha de respuesta: Lunes 18 de Abril de 2011 00:00 2011-04-18 00:00 desde IP: 189.216.191.251
Toda nulidad o en su caso modificación mediante convenio de un contrato de promesa de compraventa, debe ser por la vía judicial. No aclara si es comprador o vendedor o si entregó o recibió alguna cantidad de dinero por la promesa de compraventa, pero no existen en la ciencia del derecho las cancelaciones automáticas, debe acudir ante la autoridad judicial ya sea para el cumplimiento, nulidad o rescisión del contrato de promesa.
-
Autor





