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AutorRespuesta No: 219909
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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 21:01 2011-04-17 21:01 desde IP: 189.216.227.163
Usted no hace mención a lo más importante: ¿Tiene contrato de arrendamiento firmado? de ser así lo mejor que puede hacer es demandar la rescisión del contrato por falta de pago así como el pago de las rentas adeudadas, de esa manera obtendrá mediante sentencia el desaucio y en consecuencia la entrega física y jurídica del inmueble.
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