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  • Consulta : 109537
  • Autor : Lic. Marco_A.
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    Respuesta No: 219586

  • Lic. Marco_A.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Buenas Tardes

    El artículo 40 Ley Federal del Trabajo prevé que los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año, por lo tanto, esa carta compromiso es un documento nulo por contravenir disposiciones de orden público.

    También resultan aplicables los artículos 5 fracción XIII y 133 fracción VII del propio ordenamiento en materia laboral que a la letra dicen:

    Art. 5.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal ni impedirá el goce y ejercicio de los derechos sea escrita o verbal la disposición que establezca:

    XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo. En estos casos se entenderá que rige la Ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas nulas.

    Art. 133.- Queda prohibido a los patrones:

    VII.- Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes.

    Saludos