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Fecha de respuesta: Viernes 15 de Abril de 2011 16:36 2011-04-15 16:36 desde IP: 201.163.223.72
Buenas Tardes
El artículo 40 Ley Federal del Trabajo prevé que los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año, por lo tanto, esa carta compromiso es un documento nulo por contravenir disposiciones de orden público.
También resultan aplicables los artículos 5 fracción XIII y 133 fracción VII del propio ordenamiento en materia laboral que a la letra dicen:
Art. 5.- Las disposiciones de esta Ley son de orden público por lo que no producirá efecto legal ni impedirá el goce y ejercicio de los derechos sea escrita o verbal la disposición que establezca:
XIII. Renuncia por parte del trabajador de cualquiera de los derechos o prerrogativas consignados en las normas de trabajo. En estos casos se entenderá que rige la Ley o las normas supletorias en lugar de las cláusulas nulas.
Art. 133.- Queda prohibido a los patrones:
VII.- Ejecutar cualquier acto que restrinja a los trabajadores los derechos que les otorgan las leyes.
Saludos
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