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Fecha de respuesta: Domingo 17 de Abril de 2011 14:08 2011-04-17 14:08 desde IP: 189.143.19.61
Lic. Primus Tribunus:
En referencia a su última intervención me permito comentarle lo siguiente.
Cuando estuve en Juzgados Federales, aún y cuando el cubículo del (o la) Secretario(a) de Acuerdos estaba incluso enfrente del nuestro, se llevaba un chat interno de todo el personal que trabajaba dento del Juzgado, sólo por si el Secretario(a) decidía hacerle algún comentario en relación a algún acuerdo o simplemente le pedía que fuera directamente a su cubículo.
¿Comodinos?... tal vez, pero es la forma de trabajar que ahí se tiene.
Lo más curioso del caso es que se podían comunicar incluso, con personal de otro Juzgado.
La condición indispensable y obvia, es que todos debían estar conectados.
Tal vez sea algo parecido en el caso de la consultante y con un criterio un tanto discrepante, le puedo decir que es posible equiocarse de destinatario simplemente dando un doble click "por descuido"... es un error que puede cometer cualquiera muy fácilmente.
Ahora, al igual que Skiner, soy de la opinión de que, salvo que haya testigos o impresión más una copia digitalizada del error, la Junta difícilmente absolvería a la patronal ante un despido injustificado; máxime que el criterio de algunas es por demás, anticuado y anacrónico respecto de peritajes sobre cuestiones informáticas.
No importa si se encuentra embarazada o no para impedir legalmente el despido, pero si lo hace y la trabajadora no está asegurada... se vienen graves problemas para la patronal.
Consultante:
No firme su renuncia y acuda a la Defensoría del Trabajo para pedir qu la asesoren ante un posible despido.
Saludos.
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