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AutorRespuesta No: 219388
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Abril de 2011 16:05 2011-04-14 16:05 desde IP: 189.143.212.18
No necesitas iniciar jUICIO, sólo vé al Registro Civil y solicita el acta de defunsión, ahí te darán los requisitos, los reúnes, haces tu pago de derechos y listo, saludos
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