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Fecha de respuesta: Miércoles 13 de Abril de 2011 00:44 2011-04-13 00:44 desde IP: 189.216.136.71
La renuncia al empleo es una garantía Constitucional que tienen todos los empleados de este país, reglamentado en la Ley de la materia. Es cierto que si Usted renuncia, está obligado a pagar los cursos de capacitación que el patrón pagó durante la relación laboral, Pero de ninguna manera lo pueden obligar a seguir trabajando puesto que equivaldría a la esclavitud, pero sí le pueden cobrar el costo de los cursos de capacitación que tomó. Sin embargo pretender cobrar el 1000% de un curso es leonino y difícilmente lo podrán demandar. Renuncie a su empleo y espere a que le demanden el cobro del curso con base a su contrato si es que lo demandan, si lo hacen reconvenga la cláusula leoniana. Pero es claro que nadie lo puede obligar a trabajar si no es sudeseo hacerlo.
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