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  • Consulta : 109081
  • Autor : TEPANTLATOANI
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  • Autor
    Respuesta No: 226035

  • TEPANTLATOANI
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Muy buenas tardes, mire si desde un principio usted estaba decidida en pagarlas, desde el momento en que dió contestación al Acta de Incio del PAMA pudo haber pagado los créditos fiscales a través del Formulario Múltiple de Pago para Comercio Exterior CON UN DESCUENTO DEL 20%, ahora bien no se preocupe, en cuanto le notifiquen la resoluciuón determinnate, puede acudir a la Administración Local de Recaudación de su domicilio para que le expidan los Formularios Múltiples de Pago FMP-1 (los de color rosa) con el 20% de descuento que por derecho le correspnde, ESTE DESCUENTO ES DESDE LOS 45 DÍAS POSTERIORES A QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN de dicha resolución determinante y si prefiere impugnarla para dejar sin efectos las multas, puede hacerse siempre y cuando se tengan elementos para ello.

    Si tiene alguna otra duda quedo a sus órdenes, saludos y excelente fin de semana.