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  • Consulta : 109072
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 219165

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No faltará en este foro el muerto de hambre busca chambitas que no entiende que este foro es de orientación gratuita...... Priemero: Los cheques son pagaderos a la vista, no importa que tengan fecha del 2032, pero si ya los cambió por pagarés, debe ejercer la acción cambiaria directa por el valor de los mismos mas los intereses y gastos y costas del juicio, además del iva si encuentra un abogado titulado que sepa de su materia. Ahora bien, si los pagarés no superan la cuantía menor y el girador es un pelagatos, esos documentos no le sirven ni para baño de las mascotas.....