- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 109072
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 219165
-
Fecha de respuesta: Martes 12 de Abril de 2011 23:43 2011-04-12 23:43 desde IP: 189.216.136.71
No faltará en este foro el muerto de hambre busca chambitas que no entiende que este foro es de orientación gratuita...... Priemero: Los cheques son pagaderos a la vista, no importa que tengan fecha del 2032, pero si ya los cambió por pagarés, debe ejercer la acción cambiaria directa por el valor de los mismos mas los intereses y gastos y costas del juicio, además del iva si encuentra un abogado titulado que sepa de su materia. Ahora bien, si los pagarés no superan la cuantía menor y el girador es un pelagatos, esos documentos no le sirven ni para baño de las mascotas.....
-
Autor





